Respecto a este punto, se hace la aclaración de que los informes financieros que presentan los partidos políticos, respecto al origen destino y monto de los ingresos que recibieron por cualquier modalidad de financiamiento, se realizan de acuerdo al formato establecido en el reglamento de fiscalización del Instituto Estatal Electoral, atendiendo a lo establecido en el artículo 43 fracción IX del Código Electoral del Estado Libre y Soberano de Morelos y 67 del Reglamento de la materia antes citado, razón por la cual no es materialmente posible agregar información adicional a la estipulado en el formato de informe multicitado. |
